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CÓDIGO ÉTICO

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Lectura fácil

El Código Ético es un conjunto de normas que protegen a las personas y un conjunto de principios sobre cómo debemos comportarnos.

Justificación

ASPAPRONIAS, como entidad sin ánimo de lucro, viene desempeñando su tarea en favor a la mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y sus familias desde 1964.

La gestión de ASPAPRONIAS está comprometida con la ética, permitiéndose desarrollar y prestar servicios especializados, en clave de respuesta integral y personalizada, para el fomento, asistencia, recuperación, enseñanza e integración laboral de las personas con discapacidad intelectual, promoviéndolas como ciudadanos/as de pleno derecho. En cuanto a las familias o tutores, ASPAPRONIAS contribuirá a la atención, asesoramiento y formación de los mismos, promoviendo de ese modo a una sociedad más justa y solidaria.

Este código tiene la intención de ofrecer un conjunto de valores, principios y normas que nos guíen en la adopción de decisiones y/o conductas ante problemas de tipo ético. Se trata de un instrumento resultado de la participación de diferentes sectores o grupos implicados en la entidad y que se pone en manos de las personas que integran esta asociación para alcanzar la meta propuesta, del cumplimiento de unos objetivos basados en la calidad, en la que será clave la técnica pero ésta sin ética nunca será suficiente.

 

Los pilares sobre los que este instrumento se asienta y se elabora coinciden de manera indisoluble con los valores, misión y visión de la Entidad:

  • Misión: Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y la de sus familias.
  • Visión: Ser una entidad de referencia, en la intervención de personas con discapacidad intelectual, desarrollando y aplicando los últimos avances científicos y técnicos, cimentados siempre sobre la base de la ética y ofreciendo unos servicios de proximidad, capaces de responder a las necesidades presentes y futuras de nuestro grupo atencional.

Nuestro funcionamiento está basado en:

      • Un equilibrio enriquecedor entre la aportación y la participación de las familias asociadas, el equipo de profesionales, la comunidad y las administraciones públicas.
      • La práctica de la mejora continua y sostenible de sus enfoques y sistemas de gestión y en particular de la ética en la gestión y la gestión de calidad.
  • Valores: ASPAPRONIAS desarrolla su estrategia y busca conseguir sus objetivos guiada por los siguientes valores:
      • Compromiso ético e integral centrado en las necesidades de las personas con discapacidad intelectual y sus familias, ofreciendo igualdad de oportunidades, con respeto a su dignidad, defensa de sus derechos y capacidad de elección.
      • Respeto por las personas, que incluye a todos aquellos que participan en nuestras iniciativas: personas con discapacidad intelectual, sus familias, profesionales y resto de ciudadanos.
      • Reconocimiento del valor de las personas y la igualdad de derechos civiles y sociales, a la vez que subrayamos el derecho al reconocimiento individualizado de la persona con discapacidad intelectual y su entorno.
      • Excelencia, basada en la mejora continua y la innovación, dando especial valor al conocimiento a través de la formación y a la cultura de liderazgo compartido en el equipo que formamos.
      • Ser una entidad útil, capaz de generar un impacto social positivo, transparente en la gestión.

El Comité Ético surge por la necesidad de constituir una estructura que ayude a alcanzar esta misión, visión y valores, contribuyendo al desarrollo de comportamientos coherentes éticamente y asumiendo la incorporación del debate ético en la resolución de conflictos. Para ello se hace necesario el compromiso y la responsabilidad de todas las personas que conforman la Entidad.

Por todo ello, hemos de reseñar que este código no es un conjunto de reglas que indiquen como las personas han de comportarse en todas las situaciones sino, que lo que se ofrece, son un conjunto de valores, principios y normas que nos permitan, además de mejorar prácticas, modificar o afianzar actitudes, guiarnos en la toma de decisiones ante problemas éticos. Decisiones que tendrán que ser consistentes y coherentes con este código.

La ética apela a la raíz de nuestro ser como personas, al reconocimiento del origen de nuestros derechos y obligaciones, de forma que se generen o modifiquen conductas.

Se pretende crear unos instrumentos para la defensa de las personas con discapacidad intelectual a través de unos códigos que permitan interpretar los valores de la Entidad en principios y normas éticas, con el fin de que sean de aplicación en el conjunto de nuestra asociación.

Consideramos que la revisión de los puntos tratados en este código ha de ser permanente, mediante procesos continuos, abiertos y dinámicos, en los que se necesitará de la participación de todas las personas implicadas, así como de las vivencias y experiencias de las personas con discapacidad.

Valores guía

Objetivos del código ético

Expandir la dimensión ética en la identidad de ASPAPRONIAS

Impulsar el desarrollo de apoyos para la práctica ética en todos los grupos de interés.

Transferir la competencia ética a las personas con discapacidad intelectual, familias, profesionales, directivos y voluntarios.

Impulsar el desarrollo de apoyos para la práctica ética en todos los grupos de interés.

Consolidar la visión ética en todos los proyectos y actuaciones de la Entidad.

Aumentar las condiciones de solidaridad y justicia en la sociedad.

    Introducción

    Este articulado es de aplicación a todas las personas relacionadas en la tarea de mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual de ASPAPRONIAS.

    Este documento servirá de guía para que las decisiones tomadas tengan un cariz de coherencia y consistencia.

    El Código Ético de ASPAPRONIAS habrá de salvaguardar valores relacionados con la persona con discapacidad intelectual, la familia y las organizaciones.

      Articulado

      1. Velar por la igualdad de derechos, promoviéndose los apoyos necesarios que contribuyan a la vida normalizada de la persona.
      2. Garantizar el derecho a la intimidad de la persona.
      3. Garantizar un trato digno, igualitario, respetuoso y no discriminatorio.
      4. Fomentar la autoestima, autodeterminación y reconocimiento social y garantizar el derecho a la intimidad de la persona, tanto por parte de los profesionales y voluntarios como de las familias.
      5. Regular los mecanismos necesarios para gestionar el rechazo total al castigo físico y/o psicológico.
      6. Denunciar situaciones de injusticia manifiesta, malos tratos o tratos vejatorios y cualquier otra acción que conlleve el incumplimiento de este Código Ético.
      7. Garantizar la confidencialidad de la información en el ejercicio de nuestro trabajo según lo recogido en la Ley de Protección de Datos, a modo de no lesionar los derechos y oportunidades de las personas con discapacidad intelectual.
      8. La Entidad dispondrá de los elementos necesarios para que la persona con discapacidad intelectual, sus familias y profesionales tengan un comportamiento ético con los diferentes miembros de la comunidad.
      9. Los profesionales y la familia fomentarán una apariencia física que deberá ser respetuosa con los deseos y opiniones de la persona, pero también con el de la comunidad en la que convive y en todo caso respetándose las normas de convivencia y comportamiento de la Entidad.
      10. Velar por una atención personalizada basada en la calidad y orientada a la persona y su familia, a través de programas individualizados, atendiendo a las características personales y ambientales.
      11. Independientemente de la capacidad de la persona, la Entidad dispondrá y facilitará los medios necesarios para que las personas con discapacidad intelectual puedan expresarse por sí misma. Para ello se habilitarán canales de comunicación adecuados que permitan el acceso de opiniones, demandas, propuestas o críticas hasta los órganos de gobierno en función de los diferentes reglamentos de régimen interno.
      12. Determinar prácticas y/o estrategias que favorezcan la capacidad de decisión y/o elección, fomentando de este modo la autodeterminación de la persona. Del mismo modo, habrá que consultar a la persona sobre todas aquellas cuestiones que le afecten y disponer de mecanismos cuando se considere mediante el consenso, la imposibilidad de realizar la misma.
      13. Reseñar que se podrá limitar cautelarmente el derecho a la autodeterminación cuando la persona presente un riesgo para sí misma y para otros.
      14. Dotar de información útil y canales de comprensión acerca de los sistemas de apoyo y actuación, de modo que la persona pueda expresar su consentimiento ante determinados modos de acción.
      15. La Entidad deberá propiciar unas condiciones físicas y humanas adecuadas a la persona con discapacidad intelectual. Para ello dispondrá de instalaciones confortables y agradables en las que no existan barreras de tipo arquitectónico, social, de comunicación…En el diseño y puesta en marcha de instalaciones, la Entidad contará con la participación de los profesionales, usuarios y sus representantes.
      16. Siendo la familia el pilar fundamental para el desarrollo de la persona con discapacidad intelectual, habrá de asumir un papel primordial en la inclusión de la persona en la comunidad. Para ello habrá de colaborar de manera estrecha con la Entidad y ejercerá su derecho a ser considerada e informada sobre la calidad de los servicios, realizar sugerencias y reclamaciones si fuera pertinente, participará en actividades y colaborará en el cumplimiento de los valores y principios de la Entidad.
      17. Las familias conocerán y asumirán los principios, normas y valores propios de la Entidad y velarán por el cumplimiento de los mismos, ejercitando su derecho a valorar y opinar sobre la calidad de los servicios y el desempeño de los profesionales, defendiendo en todo caso sus derechos y obligaciones.
      18. La familia, y así será reconocido por la Entidad, será una estructura y recurso fundamental para la inclusión e integración social de la persona con discapacidad intelectual, evitándose actuaciones que deterioren la imagen de la misma y garantizándose valores como la autoestima, el afecto y la autodeterminación.
        Del mismo modo, la familia será modelo de conducta acorde con los valores que sobre la persona con discapacidad intelectual propugna y defiende ASPAPRONIAS.
      19. La Entidad tratará de forma imparcial e igualitaria a las familias a través de la normativa que regula los distintos centros.
      20. La Entidad reforzará la participación y presencia de la familia como impulsores de la misma, en función de las normas internas establecidas.
      21. Las familias serán apoyadas mediante la prestación de servicios ofertados por la Entidad basados en la formación, la orientación de profesionales y recursos sociales intentándose satisfacer las necesidades de las familias, sobre todo en aquellas con mayor vulnerabilidad o desventaja social.
        Del mismo modo se proporcionarán los canales necesarios para que puedan ser denunciadas todas las situaciones de injusticia, trato indigno o no igualitario del profesional hacia la familia.
        Desde la Entidad se fomentará la colaboración activa entre familias, a través de grupos de autoayuda, talleres para padres, comisiones de familia, etc., orientados a resolver problemas tanto generales como particulares.
      22. La Entidad, sus profesionales y las familias tendrán en cuenta las circunstancias propias de cada familia, adecuándose al nivel de necesidad de apoyo.
      23. ASPAPRONIAS y en consecuencia sus profesionales y voluntarios no permitirán la existencia de discriminaciones hacia la familia, garantizándose que se respeten todos sus derechos.
        Así mismo, la Entidad contará con diferentes mecanismos de acción política y social que velen por el derecho de igualdad de la familia dentro de la comunidad en la que viven promoviéndose valores de autodeterminación, respeto, inclusión y solidaridad.
      24. Los profesionales y voluntarios ofrecerán a las familias recursos de formación, educación, orientación y apoyo; así como se les dará participación en la elaboración de Programas de Atención Individualizada encaminados al desarrollo de la persona.
        Del mismo modo no podrán ser ajenos a las reivindicaciones de familiares con respecto a la inclusión y mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual.
      25. La Entidad será una organización abierta a todas las personas con discapacidad intelectual y sus familias, sobre todo con aquellas más desprotegidas, ofreciéndose respuestas respetuosas y solidarias, alejadas de trato diferente, que habrá de estar basado o derivado de criterios de tipo técnico y/o profesional. Estas respuestas irán orientadas a cubrir, de una manera adecuada, sus necesidades reales.
        Así mismo, la Entidad, solidarizándose con la totalidad del colectivo, habrá de encontrar las soluciones oportunas a las necesidades de estas personas, tanto dentro como fuera de la propia Entidad.
      26. La forma de gestionar los servicios se basará en criterios de calidad y eficacia.
      27. La Entidad generará sus actuaciones bajo la premisa del principio de responsabilidad, evitándose actitudes que fomenten la sobreprotección y la beneficencia.
      28. Los servicios, ofrecidos a las personas con discapacidad intelectual, irán dirigidos a la obtención de la máxima autonomía, contando con la participación de los implicados evitándose situaciones de dependencia.
      29. La Junta Directiva será responsable máxima de la aplicación de estos valores, principios y normas éticas, aplicándolas tanto en las relaciones con otras organizaciones como en la práctica diaria de todas las personas vinculadas con la Entidad.
      30. La Entidad estará comprometida en la formación del personal, usuarios y familias a través de planes formativos e informativos específicos para el desempeño de su actividad y que atiendan las necesidades y demandas de estas personas.
      31. La organización y concretamente sus dirigentes, desarrollarán su proyecto en favor del bien común y en ningún caso atendiendo a intereses particulares o de posicionamientos de tipo institucional, político, económico o de otra índole.
      32. ASPAPRONIAS creará alianzas o estará comprometida con colectivos u otras organizaciones pertenecientes o no al sector de la discapacidad, pero que defiendan los intereses de personas en situación de desventaja social, desarrollándose políticas de cooperación y apoyo mutuo de necesidades. (Banco de alimentos, Cruz Roja, etc.).
      33. Los profesionales y voluntarios de ASPAPRONIAS respetarán y defenderán los valores y principios contraídos por la Entidad, erradicándose conductas discriminatorias o xenófobas y fomentándose, por el contrario, actitudes que sean fieles a una globalidad cultural.
      34. La Junta Directiva, como órgano dirigente de la asociación, creará normas de funcionamiento a través de procesos participativos estatutarios que garanticen independencia de tipo político, económico o de otra índole evitándose intereses propios o ajenos. Promoverá los derechos de las personas con discapacidad y sus familias y reivindicarán los mismos mediante acciones no violentas.
      35. Los profesionales y voluntarios asumirán estas normas de funcionamiento, proporcionando su colaboración en la puesta en práctica de las mismas, estando obligados a denunciar situaciones que vulneren estos principios.
      36. Del mismo modo, las familias asumirán estas normas, colaborando en su cumplimiento, así como reivindicarán y defenderán sus derechos y los de las personas afectadas a través de la búsqueda del apoyo de la Entidad.
      37. Los dirigentes garantizarán y respetarán todas las opiniones, asumiendo el consenso como sistema de decisión, evitándose confrontaciones en función de ideologías. Esta base de consenso evitará la aparición de protagonismos personales que anulen estos principios de participación.
      38. Los profesionales, familias y voluntarios asumirán estos valores democráticos, utilizando instrumentos de información basados en el diálogo, cimentándose de ese modo, unos canales de comunicación basados en la participación.
      39. Las directrices de la Entidad, y así lo defenderán sus dirigentes, estarán basadas en la ausencia del ánimo de lucro y la transparencia como principio de funcionamiento económico. Para ello se pondrán los medios necesarios a través de protocolos que regulen y preserven la claridad, transparencia e imparcialidad, evitándose de este modo una gestión irresponsable del patrimonio, el despilfarro y / o la mala utilización del mismo.
      40. En esta línea, los profesionales y voluntarios en su dedicación a la Entidad, cumplirán con los principios éticos de honestidad, ausencia de ánimo de lucro directo o indirecto y de transparencia.
      41. Estos principios serán de aplicación también para las familias, cuyos recursos económicos serán destinados prioritariamente a cubrir las necesidades y aspiraciones de la persona con discapacidad intelectual, evitándose la discriminación de la misma, aprovechándose de la situación de desventaja que presenta.
      42. El sistema organizativo se basará en relaciones de tipo transversal en el que las personas con discapacidad intelectual ocupen un escalafón igualitario con respecto al resto de miembros de la Entidad. Estas condiciones organizativas garantizarán un trato digno y de respeto hacia todos los grupos de interés.
      43. Para los dirigentes serán temas de suma trascendencia, analizar y velar por la satisfacción de todos estos grupos y valorar o percibir cual es su estado de calidad de vida y de derechos, estableciéndose mecanismos que faciliten todos estos procesos orientados a la adopción de criterios de calidad.
      44. Para el fomento de unos servicios de calidad, la Junta Directiva será la responsable de la implantación del modelo, que conjuntamente con el resto de Órganos de Dirección, abordarán entre sus desempeños el generar un plan de calidad en todos los servicios de la organización, facilitando los medios necesarios para llevarlos a cabo y fomentando actitudes positivas entre los profesionales encargados de su puesta en marcha.
        El plan estará orientado a la obtención de mejoras en los resultados a través de una utilización responsable de los recursos y evitándose situaciones de masificación en los distintos servicios de los que la Entidad dispone.
      45. El plan de calidad será cimentado bajo premisas que fomenten la individualización, la empatía, la escucha activa, la igualdad, la mejora continua y la eficiencia. Será clave para ello la cooperación y el trabajo en equipo, la formación continua, la apuesta por la innovación y la realización de buenas prácticas.
      46. En la elaboración del plan de calidad la familia colaborará activamente en su planificación y evaluación mediante la coordinación continua con los profesionales, preocupándose de que los servicios ofrecidos sean de calidad.
      47. Será de suma importancia en este código la denuncia de situaciones de abuso o negligencia tanto institucional como profesional, superándose sentimientos corporativistas o de falso compañerismo. En este sentido, también las familias podrán denunciar este tipo de situaciones a través de los canales de los que dispone la Entidad para tal fin.
      48. ASPAPRONIAS manifiesta su total y absoluta prohibición de conductas que supongan cualquier forma de corrupción, soborno o cohecho que pueda afectar, perjudicar o de cualquier otra forma tener una incidencia directa o indirecta en la Entidad.

         – Desarrollar actividades por cuenta propia o cuenta ajena que entrañen una competencia efectiva, con la Entidad o que, le sitúen en un conflicto permanente con los intereses de la misma.

        – La Entidad entiende que es habitual que algunos de sus proveedores y otras personas que entablen relaciones comerciales con ASPAPRONIAS hagan pequeños obsequios, regalos o dádivas, destacar, sin embargo, que esos regalos no deben influir en la toma de decisiones de la Entidad con estos proveedores y/o clientes.

        – Todas las Personas Vinculadas a ASPAPRONIAS están sometidas a la prohibición expresa de prometer, ofrecer o entregar en su calidad de persona vinculada cualquier clase de regalo u obsequio, sin haber obtenido la autorización previa de la Dirección.

        – Obtener ventajas o remuneraciones de terceros distintos de la Entidad asociadas al desempeño de su cargo.

        – Aprovecharse de las oportunidades de negocio de la Entidad.

        – Hacer uso de los activos sociales, incluida la información confidencial de la Entidad, con fines privados.

        – Utilizar en nombre de la Entidad o invocar su condición de administrador para influir indebidamente en la realización de operaciones privadas.

      49. Este Código Ético será referente en el quehacer diario de ASPAPRONIAS y será conocido y asumido por todos los grupos de interés de la Entidad.

      Revisado y actualizado por el Consejo de Dirección en Octubre de 2022.

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